Bono social eléctrico 2026: requisitos y cómo solicitarlo
Respuesta rápida
El bono social eléctrico es un descuento regulado sobre la factura de la luz para hogares en situación de vulnerabilidad económica o social. Se pide gratis a tu comercializadora de referencia, exige tener la tarifa regulada PVPC en la vivienda habitual con una potencia contratada igual o inferior a 10 kW, y se concede por un periodo limitado que hay que renovar. Los porcentajes de descuento y los umbrales de renta han cambiado varias veces desde 2022 por normas temporales, así que confirma la cifra vigente en la normativa oficial o en tu propia factura antes de echar cuentas.
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El bono social eléctrico es un mecanismo de protección para consumidores vulnerables que rebaja la factura de la luz de forma automática una vez concedido. Millones de hogares podrían beneficiarse, pero muchos ni saben que existe o dan por hecho que no cumplen los requisitos. Otros lo solicitaron hace años, se les caducó y no se enteraron.
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Ver productos recomendados →En esta guía actualizada a 2026 te explico quién puede solicitarlo, cómo se calcula el ahorro real, qué documentación piden, cómo se tramita paso a paso y qué fallos hacen que una solicitud perfectamente válida acabe denegada.
Antes de nada, una advertencia honesta. Esta guía explica cómo funciona el mecanismo y cómo se tramita, con el marco normativo de referencia. No sustituye a la información oficial: los porcentajes de descuento, los multiplicadores del IPREM y los plazos se han modificado varias veces mediante reales decretos-ley, y una cifra copiada de un blog puede estar caducada. Contrasta siempre los importes concretos con tu comercializadora de referencia, con la sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (miteco.gob.es), con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (cnmc.es) o con los servicios sociales de tu ayuntamiento, que además tramitan ayudas complementarias.
Qué es el bono social eléctrico y qué no es
El bono social eléctrico es un descuento obligatorio que las comercializadoras de referencia aplican en la factura de electricidad a los consumidores domésticos que acreditan determinados requisitos de vulnerabilidad económica o social. Está previsto en la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico y desarrollado en el Real Decreto 897/2017, con modificaciones posteriores.
Conviene entender bien tres cosas que la gente confunde a diario:
- No es una subvención que haya que devolver. No hay reintegro, ni justificación de gasto, ni compatibilidad limitada con otras ayudas por ese motivo.
- No es dinero que te ingresen. Es un descuento que se aplica dentro de la propia factura de la luz, por lo que solo lo notas si tienes contrato de suministro a tu nombre.
- No es discrecional. Si cumples los requisitos, la comercializadora está obligada a aplicarlo. No depende de que haya presupuesto disponible ni de llegar el primero, como sí ocurre con las convocatorias de ayudas que se agotan.
La diferencia entre descuento regulado y ayuda puntual
Muchas familias mezclan el bono social con las ayudas de emergencia que conceden los servicios sociales municipales para pagar recibos atrasados. Son cosas distintas y compatibles. La ayuda municipal es puntual, se concede por expediente y suele cubrir una deuda concreta. El bono social es estructural: mientras dure la concesión, cada factura llega ya rebajada.
También se confunde con las rebajas comerciales de las compañías. Una oferta de mercado libre con un porcentaje de descuento en el término de energía no es bono social, aunque el comercial la venda así por teléfono. Es más: contratar esa oferta te deja fuera del bono social, porque el descuento regulado solo existe dentro del PVPC.
Quién paga el bono social
El coste del bono social no lo asume el Estado con cargo a los Presupuestos, sino el propio sistema eléctrico a través de un reparto entre los sujetos que operan en él. Ese esquema de financiación ha sido objeto de varios litigios ante el Tribunal Supremo a lo largo de la última década, y se ha ido rediseñando con cada sentencia. Para ti como solicitante da igual quién lo financia: el trámite y el derecho son los mismos. Pero explica por qué la comercializadora no tiene margen para negociar contigo si cumples o no los requisitos.
El bono social no premia a quien mejor negocia. Premia a quien acredita bien su situación. La diferencia entre que te lo concedan o te lo denieguen suele estar en un papel, no en la suerte.
Cuánto se ahorra de verdad con el bono social
Aquí es donde la mayoría de artículos te da una cifra cerrada y falla. Los porcentajes de descuento del bono social se fijaron en el Real Decreto 897/2017 con dos niveles, uno para el consumidor vulnerable y otro superior para el consumidor vulnerable severo. Entre 2022 y 2024, ante la escalada de los precios de la energía, esos porcentajes se elevaron de forma temporal mediante sucesivos reales decretos-ley, y después se fueron reduciendo por tramos hasta acercarse otra vez a los valores ordinarios.
Resultado práctico: el porcentaje que te corresponde en 2026 hay que comprobarlo en la norma vigente, no en un artículo escrito hace dos años. Si te encuentras una web que afirma un número exacto sin citar la disposición que lo fija ni la fecha, desconfía.
Cómo calcular tu ahorro con tu propia factura
Hay un método que no caduca y que puedes hacer en cinco minutos con una factura delante:
- Localiza en tu última factura el importe de los conceptos regulados, es decir, lo que pagas por potencia contratada y por energía consumida, antes de impuestos.
- Multiplícalo por doce si tu facturación es mensual, o suma las seis últimas si es bimestral, para obtener una referencia anual.
- Aplícale el porcentaje de descuento que te confirme tu comercializadora de referencia para tu grado de vulnerabilidad.
- Ten en cuenta que sobre el importe rebajado se recalculan después los impuestos, con lo que el ahorro final en el total de la factura es algo mayor que el descuento nominal.
Ese número es tu ahorro, no el que salga en una tabla genérica. Un piso de una persona con consumo bajo y un chalet con bomba de calor no ahorran lo mismo ni de lejos, aunque tengan el mismo porcentaje.
El límite de consumo con derecho a descuento
Este detalle se omite en casi todas las guías y provoca sorpresas desagradables. El descuento no se aplica sin tope a todo lo que consumas: la norma fija un límite anual de energía con derecho a bonificación, distinto según el perfil del hogar (si hay menores, si es familia numerosa, si el titular es pensionista). El consumo que supere ese límite se factura sin descuento.
La consecuencia es clara: el bono social protege un consumo razonable, no un consumo alto. Si tu factura se dispara por calefacción eléctrica, seguirás notando el descuento en la parte protegida, pero no en el exceso. Por eso la combinación que de verdad funciona es bono social más medidas de eficiencia y ajuste de potencia, no bono social a secas.
Requisitos del bono social eléctrico en 2026
Los requisitos se ordenan en dos bloques que hay que cumplir a la vez: unos requisitos de contrato, que dependen de cómo tengas la luz, y unos requisitos de situación personal, que dependen de tu renta o de tus circunstancias.
Requisito previo: estar en la tarifa PVPC
El bono social solo se aplica sobre el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor, la tarifa regulada. Si estás en mercado libre, el paso previo es solicitar el cambio a PVPC a través de una comercializadora de referencia. Ese cambio es gratuito, no implica corte de suministro, no requiere cambiar el contador y no te lo pueden cobrar. Sí conviene revisar si tu contrato de mercado libre tiene permanencia o penalización pendiente antes de moverte.
Requisito de potencia y de vivienda
El PVPC está reservado a suministros con potencia contratada igual o inferior a 10 kW, así que ese es también el techo del bono social. Además, el descuento se limita al suministro de la vivienda habitual del titular. Segundas residencias, garajes, trasteros y locales quedan fuera, igual que los suministros de comunidades de propietarios.
Si tienes más de 10 kW contratados, merece la pena revisar si de verdad los necesitas. Muchas viviendas arrastran potencias sobredimensionadas de una reforma antigua y bajarlas reduce la factura por sí solo, además de abrir la puerta al PVPC.
El titular del contrato importa
El bono social se concede al titular del contrato de suministro, que debe ser una persona física y coincidir con la persona que acredita la vulnerabilidad. Si vives de alquiler y la luz sigue a nombre del propietario o de un inquilino anterior, primero hay que cambiar la titularidad, un trámite gratuito que hace la comercializadora, y después presentar la solicitud.
Criterios de renta: cómo funciona el IPREM aquí
La renta de la unidad familiar se compara con un múltiplo del IPREM, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, tomando la referencia de catorce pagas. El IPREM lo fija cada Ley de Presupuestos Generales del Estado, y cuando los presupuestos se prorrogan, el valor también se prorroga, algo que ha pasado varias veces en los últimos años.
Un matiz que casi todas las webs cuentan mal: el multiplicador aplicable no depende del número de miembros de la unidad familiar sin más, sino de la composición del hogar, y en particular de si hay menores. A partir de ahí, determinadas circunstancias acreditadas elevan el umbral aplicable. La estructura es la siguiente, en términos cualitativos:
- Un umbral base para hogares sin menores a cargo.
- Umbrales sucesivamente más altos según el número de menores en la unidad familiar.
- Un incremento adicional cuando concurren situaciones acreditadas como discapacidad reconocida en grado relevante, situación de dependencia reconocida, o condición de víctima de violencia de género o de terrorismo.
- Para el grado de vulnerable severo, se aplican esos mismos umbrales reducidos a la mitad: la misma escala, más exigente.
No te doy aquí el multiplicador numérico exacto a propósito. Es el dato que más ha cambiado y el que más caro sale copiar mal. Pídelo a tu comercializadora de referencia o consúltalo en la versión consolidada del Real Decreto 897/2017 en el BOE, que siempre refleja las modificaciones vigentes.
Situaciones especiales: qué hacen realmente
Aquí hay un error muy extendido, y este artículo lo arrastraba en su versión anterior. Ser víctima de violencia de género o de terrorismo, tener una discapacidad reconocida o una situación de dependencia no elimina con carácter general el criterio de renta: eleva el umbral que se te aplica, lo que hace mucho más fácil entrar. Es una diferencia importante, porque quien cree que entra automáticamente y no prepara la documentación de renta se lleva una denegación.
Lo mismo pasa con el desempleo. Estar toda la unidad familiar en paro no es por sí solo una puerta de entrada automática: influye porque hace bajar la renta computable, que es lo que se evalúa. Si tu situación cambió a mitad de año y la última declaración no refleja tu realidad actual, dilo expresamente y pregunta qué documentación acredita mejor tus ingresos presentes.
Pensionistas
Existe una vía específica para pensionistas del sistema de la Seguridad Social que perciben la cuantía mínima de su pensión por jubilación o incapacidad permanente y no cuentan con otros ingresos relevantes por encima de un umbral anual muy reducido que fija la propia norma. Es una de las puertas más usadas y también una de las que más se olvidan: mucha gente mayor cumple y nunca lo ha pedido porque nadie se lo dijo.
Familias numerosas
La condición de familia numerosa ha sido tradicionalmente una vía de acceso directa, y sigue siendo uno de los supuestos contemplados. Las reformas de los últimos años han ido revisando el encaje de este colectivo, así que comprueba el criterio vigente antes de dar nada por hecho. Si tienes el título de familia numerosa en vigor, llévalo a la solicitud: en el peor de los casos, refuerza el expediente.
Grados de vulnerabilidad: qué cambia entre uno y otro
La norma distingue tres situaciones. Esta tabla resume qué implica cada una, sin entrar en porcentajes que puedan estar desactualizados:
| Categoría | Cómo se accede | Qué obtienes |
|---|---|---|
| Consumidor vulnerable | Renta de la unidad familiar por debajo del umbral general, o encaje en uno de los supuestos específicos previstos (pensión mínima, familia numerosa). | Descuento sobre los conceptos regulados de la factura PVPC, dentro del límite anual de energía bonificable. Ampliación de plazos antes de una suspensión de suministro por impago. |
| Consumidor vulnerable severo | Los mismos umbrales de renta, reducidos a la mitad. | Descuento superior al del consumidor vulnerable, sobre la misma base y con el mismo tipo de límite de consumo. Protección reforzada frente al corte. |
| En riesgo de exclusión social | Ser consumidor vulnerable severo y estar atendido por los servicios sociales de tu administración autonómica o local, que asumen parte del importe de la factura en los términos que fija la norma. | Suministro protegido frente a la suspensión por impago mientras se mantenga esa situación acreditada. Es la protección más fuerte del sistema. |
El salto entre vulnerable y vulnerable severo no es cosmético: cambia el porcentaje y cambia el nivel de protección. Si tu renta está en la frontera, merece la pena revisar bien qué se computa exactamente como renta de la unidad familiar antes de presentar la solicitud.
La comercializadora de referencia: dónde se pide y dónde no
El bono social no se pide en cualquier compañía eléctrica, ni en la distribuidora, ni en el ayuntamiento, ni en la sede electrónica de la Seguridad Social. Se pide en una comercializadora de referencia (COR), que es una figura regulada: un conjunto reducido de empresas designadas oficialmente que son las únicas autorizadas a facturar el PVPC y a aplicar el bono social.
La lista de comercializadoras de referencia y su ámbito ha cambiado con los años, y algunas operan solo en determinados territorios (Ceuta y Melilla tienen las suyas propias). Consulta la lista oficial actualizada en la web de la CNMC o del Ministerio antes de enviar papeles a una dirección equivocada, porque una solicitud presentada ante quien no es COR simplemente no produce efectos.
El comercial que te llama no es la comercializadora de referencia
Un patrón que se repite: una persona mayor pide información sobre el bono social, y a los pocos días recibe llamadas ofreciéndole "tramitarlo" junto con un cambio de compañía. Lo que firma acaba siendo un contrato de mercado libre que le deja fuera del bono social. Si te llaman, pide el nombre de la empresa por escrito y verifica si figura en la lista oficial de comercializadoras de referencia antes de dar ningún dato.
Regla práctica: si alguien te ofrece el bono social por teléfono junto a una tarifa "con descuento garantizado", cuelga y llama tú a la comercializadora de referencia. El bono social no se vende, se solicita.
PVPC o mercado libre: la decisión previa
Antes de tramitar nada conviene entender qué implica pasarse al PVPC, porque es un requisito de entrada y afecta a toda tu factura, no solo a la parte bonificada.
| Aspecto | PVPC (tarifa regulada) | Mercado libre |
|---|---|---|
| Acceso al bono social | Sí, es el único régimen en el que existe | No |
| Cómo se fija el precio de la energía | Metodología regulada, con un componente indexado al mercado mayorista y componentes de referencia a plazo | Lo fija libremente cada compañía en su oferta |
| Variación del precio | Cambia a lo largo del día y del mes | Puede ser fijo durante la vigencia del contrato |
| Potencia máxima | 10 kW | Sin ese límite |
| Permanencia | No hay | Frecuente, con penalización por baja anticipada |
| Quién puede ofrecerlo | Solo comercializadoras de referencia | Cualquier comercializadora |
| Servicios añadidos en factura | No se incluyen mantenimientos ni seguros | Habitual que se añadan y encarezcan el recibo |
Si vas a acceder al bono social, la decisión está tomada: PVPC. Si finalmente no cumples los requisitos, entonces sí toca comparar con calma, porque para algunos perfiles de consumo el mercado libre sale mejor y para otros no.
💡 Consejo rápido: Los precios y la disponibilidad cambian. Si quieres ver las opciones actualizadas, echa un vistazo.
Ver opciones actualizadas →Documentación necesaria para el bono social
Prepararla bien es la mitad del trabajo. Lo habitual es que te pidan:
- DNI o NIE del titular del contrato y de todos los miembros de la unidad familiar mayores de catorce años.
- Certificado de empadronamiento colectivo en vigor, que acredite quién vive en la vivienda, o autorización para que la administración lo consulte.
- Libro de familia o documento equivalente que acredite la composición del hogar.
- Acreditación de la renta: la última declaración de la renta de cada miembro con ingresos o, si no hay obligación de declarar, el certificado de imputaciones de la Agencia Tributaria.
- Título de familia numerosa en vigor, si procede.
- Certificado de la Seguridad Social acreditando la pensión y su cuantía, si vas por la vía de pensionista.
- Documentación específica de discapacidad, dependencia o condición de víctima, cuando se alegue alguna de esas circunstancias.
- Contrato de suministro o factura reciente, para identificar el CUPS y la potencia contratada.
- Modelo oficial de solicitud cumplimentado y firmado por el titular y, cuando la norma lo exige, por el resto de miembros mayores de edad, que autorizan la consulta de sus datos.
Los casos que complican el expediente
Estas situaciones no impiden acceder, pero conviene anticiparlas:
- Personas empadronadas que ya no viven en la casa. El padrón manda. Si figura alguien que se fue, sus ingresos pueden computarse. Regulariza el padrón antes de solicitar.
- Separaciones y custodias compartidas. Lleva el convenio regulador o la sentencia: define quién forma la unidad familiar a estos efectos.
- Ingresos irregulares o trabajo por cuenta propia. La declaración de la renta puede reflejar un ejercicio que ya no representa tu situación. Pregunta qué documentación complementaria aceptan.
- Contratos heredados. Tras un fallecimiento, el suministro suele quedar a nombre de la persona fallecida. Hay que cambiar la titularidad antes de nada.
- Viviendas compartidas sin vínculo familiar. El concepto de unidad familiar no es el de "personas que comparten piso"; aclara tu caso concreto antes de reunir papeles inútiles.
Cómo solicitar el bono social paso a paso
- Comprueba en qué tarifa estás. Mira tu factura: si aparece "PVPC" o "Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor", ya cumples el requisito. Si no, solicita el cambio a una comercializadora de referencia. Puedes consultar cuál te corresponde según tu zona en nuestra página de bono social.
- Revisa la potencia contratada. Debe ser igual o inferior a 10 kW. Si la superas, pide la modificación antes de tramitar.
- Verifica la titularidad del contrato. Tiene que estar a nombre de la persona que solicita el bono social y que reside en la vivienda.
- Reúne la documentación de la lista anterior, con copias legibles y documentos en vigor.
- Descarga el modelo oficial de solicitud de la web de tu comercializadora de referencia o pídelo en sus oficinas. Rellénalo entero: los campos en blanco son la causa de denegación más tonta y más frecuente.
- Envía la solicitud por el canal que habilite tu comercializadora de referencia: correo electrónico a la dirección específica de bono social, correo postal o presencialmente. Guarda siempre justificante de envío y una copia completa de lo que mandaste.
- Anota la fecha. Te servirá para reclamar si no hay respuesta y para calcular cuándo toca renovar.
- Comprueba la factura siguiente. Cuando el descuento se aplica, aparece como una línea identificada en el desglose. Si no la ves, llama antes de que pasen meses.
Qué pasa después de enviarla
La comercializadora de referencia debe resolver dentro del plazo máximo que fija la norma, contado desde que el expediente está completo (la referencia habitual es de quince días hábiles, confirma el plazo vigente al presentar). Si falta documentación, te lo tienen que comunicar para que subsanes, y ese requerimiento reinicia el cómputo.
Una precisión importante: aunque circula la idea de que la falta de respuesta equivale a concesión automática, no des nunca por concedido el bono social por silencio. La comercializadora es una empresa privada, no una administración. Si vence el plazo sin noticias, reclama por escrito y conserva el acuse. Es la única forma de tener una fecha que defender después.
El descuento se aplica a partir de la resolución, en las facturas posteriores. No esperes que te devuelvan lo pagado de más en los meses anteriores a la solicitud: no funciona de forma retroactiva.
Duración, renovación y caducidad
El bono social se concede por un periodo limitado (la referencia del real decreto son dos años) y después caduca. Durante los últimos años se han aprobado prórrogas extraordinarias que ampliaron automáticamente la vigencia de las concesiones en curso, lo que ha generado bastante confusión sobre cuándo toca renovar de verdad.
La comercializadora tiene obligación de avisarte antes del vencimiento, pero apóyate poco en ese aviso: llega por el canal de contacto que tengan registrado, que a veces es un correo antiguo o una dirección postal desactualizada. Lo práctico es esto:
- Apunta la fecha de vencimiento en el calendario del móvil en cuanto te concedan el bono.
- Ponte un recordatorio dos meses antes para reunir la documentación otra vez.
- Presenta la renovación con margen: si caduca, el descuento desaparece de la siguiente factura y solo vuelve cuando se resuelva la nueva solicitud.
- Comunica cualquier cambio relevante en tu situación (número de miembros, ingresos, titularidad) sin esperar a la renovación. Es una obligación del beneficiario y evita problemas después.
Protección frente al corte de suministro
El bono social lleva asociada una capa de protección que va más allá del descuento y que, para algunos hogares, vale más que el propio ahorro.
Para el consumidor vulnerable, el plazo mínimo que debe transcurrir desde el impago hasta que la compañía puede suspender el suministro se amplía respecto al plazo general aplicable a cualquier consumidor. Para el consumidor vulnerable severo el margen es mayor todavía.
Y en el caso del consumidor en riesgo de exclusión social —vulnerable severo atendido por los servicios sociales, que asumen parte del importe de la factura en los términos previstos— el suministro queda protegido frente a la suspensión mientras se mantenga acreditada esa situación. Es el motivo por el que merece la pena que, si estás en una situación límite, hables con los servicios sociales de tu ayuntamiento aunque ya tengas el bono social concedido: la coordinación entre ambos es lo que activa esa protección.
Hay además reglas de protección específicas para suministros donde vive una persona con equipamiento médico dependiente de la electricidad. Si es tu caso, comunícalo por escrito a la distribuidora y a la comercializadora, con informe médico, y pide confirmación de que consta registrado.
Bono social térmico y otras ayudas relacionadas
El bono social térmico es una ayuda distinta, creada por el Real Decreto-ley 15/2018, destinada a cubrir gastos de energía para calefacción, agua caliente o cocina. Tiene dos características que lo hacen especialmente interesante:
- Se concede de oficio. No hay que solicitarlo: se otorga a quienes ya son beneficiarios del bono social eléctrico en la fecha de referencia que fija cada convocatoria. Otra razón para no dejar caducar el bono social.
- Se paga en un único abono anual, gestionado por las comunidades autónomas, y su cuantía depende del grado de vulnerabilidad y de la zona climática donde vivas.
Además del térmico, hay otras vías que conviene explorar por separado y siempre en fuentes oficiales, sin fiarse de importes publicados en blogs:
- Ayudas de emergencia social de ayuntamientos y comunidades autónomas para recibos de suministros.
- Programas autonómicos de rehabilitación energética de vivienda, que se convocan con plazos y presupuesto limitado y que exigen no iniciar la obra antes de solicitar.
- Bonificaciones municipales en tributos locales para determinadas mejoras de eficiencia, que dependen de cada ordenanza.
- El bono social de telecomunicaciones, un mecanismo independiente con sus propios requisitos.
Ninguna de estas vías está garantizada ni tiene un importe universal. Antes de contar con ese dinero, confirma la convocatoria vigente en la sede electrónica del organismo que la gestiona.
Una ayuda que aparece en un blog con importe exacto y sin fecha de convocatoria no es una ayuda: es una expectativa. Comprueba siempre la orden o la resolución que la convoca.
Errores que hacen que te denieguen la solicitud
Estos son los motivos de denegación que más se repiten, y casi todos son evitables:
- Seguir en mercado libre. Sin PVPC no hay bono social, por mucho que cumplas el resto de requisitos.
- Potencia contratada por encima de 10 kW. Bloquea la solicitud de raíz.
- Titularidad que no coincide. Contrato a nombre del propietario, de un familiar o de una persona fallecida.
- Padrón desactualizado. Personas empadronadas que ya no residen ahí y cuyos ingresos se computan.
- Falta de firmas. El modelo oficial exige la firma de todos los miembros mayores de edad que autorizan la consulta de datos. Falta una y se paraliza el expediente.
- Documentos caducados. Título de familia numerosa vencido, empadronamiento antiguo, DNI expirado.
- Renta acreditada con un ejercicio que ya no refleja tu situación, sin aportar nada complementario.
- Enviar la solicitud a la comercializadora equivocada, en lugar de a la comercializadora de referencia que te corresponde.
- Solicitar para una segunda vivienda o para un suministro que no es la residencia habitual.
Si te deniegan: cómo reclamar sin perder el tiempo
Una denegación no es el final. El orden que funciona es este:
- Pide el motivo por escrito. Tienes derecho a saber exactamente qué requisito consideran incumplido. Muchas denegaciones son errores de lectura de un documento.
- Corrige y vuelve a presentar si el problema es subsanable (un papel caducado, una firma, un dato mal transcrito). Es más rápido que discutir.
- Presenta una reclamación formal ante la comercializadora si sigues sin estar de acuerdo, por un canal que deje rastro escrito, y guarda el número de reclamación.
- Acude al servicio de consumo de tu comunidad autónoma u oficina municipal de información al consumidor. Es gratuito y son quienes tramitan estas reclamaciones frente a las eléctricas.
- Apóyate en los servicios sociales si tu situación es de vulnerabilidad grave: pueden emitir informes que acreditan circunstancias que tú solo no puedes documentar.
Ten a mano siempre las mismas cuatro cosas: copia de la solicitud, justificante de envío, resolución recibida y última factura. Con eso resuelves el noventa por ciento de las conversaciones sin dar vueltas.
Cuidado con quien te cobra por tramitar algo gratuito
El bono social ha generado un pequeño ecosistema de intermediarios. Conviene que tengas claro lo siguiente:
- La solicitud es gratuita y la puedes presentar tú mismo. Nadie está autorizado a cobrarte una cuota por tramitarla.
- El cambio de mercado libre a PVPC también es gratuito y no requiere obra ni cambio de contador.
- Ninguna administración te llamará para pedirte datos bancarios a cambio de "activarte" el bono social. Ese patrón es fraude.
- Desconfía de webs que imitan el aspecto de una sede electrónica y te piden pagar una "tasa de tramitación". No existe tal tasa.
Si tienes dudas sobre la identidad de quien te contacta, corta la comunicación y llama tú al teléfono de atención que figure en tu factura o en la web oficial de la comercializadora de referencia.
Tres escenarios para entender los criterios
Estos casos son ilustrativos y sirven para ver cómo se ordenan los requisitos. No son personas reales ni contienen importes, porque el resultado depende de tu renta concreta y de las cifras vigentes.
Persona jubilada que vive sola
Cobra una pensión de jubilación en su cuantía mínima y no tiene otros ingresos relevantes. Ruta: revisar si el contrato está a su nombre y en PVPC, pedir a la Seguridad Social el certificado de pensión, y presentar la solicitud por la vía de pensionista. Si además la potencia contratada es alta por un contrato antiguo, bajarla suma un ahorro adicional que no depende del bono social.
Familia con dos menores y un solo salario
Ruta: comprobar el padrón (que refleje exactamente quién vive en la casa), reunir la declaración de la renta o el certificado de imputaciones de ambos progenitores, y acreditar la existencia de los menores con el libro de familia. El multiplicador del umbral es más alto que el de un hogar sin menores, así que hay más margen del que suele creerse.
Persona con discapacidad reconocida en un hogar de tres miembros
Ruta: aportar el certificado de discapacidad junto con la documentación de renta. La circunstancia acreditada eleva el umbral aplicable, pero la renta se sigue evaluando, así que no conviene presentar el expediente sin la parte económica bien documentada.
Cómo verificar cada dato por tu cuenta
Si algo de lo que lees aquí no cuadra con lo que te dicen, gana siempre la fuente oficial. Estas son las que uso y las que puedes consultar gratis:
- BOE: busca la versión consolidada del Real Decreto 897/2017 y de la Ley 24/2013. La versión consolidada incorpora todas las modificaciones vigentes, que es justo lo que falla en los artículos desactualizados.
- Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (miteco.gob.es): información oficial del bono social, modelo de solicitud y comercializadoras de referencia.
- CNMC (cnmc.es): listado de comercializadoras, comparador oficial de ofertas y datos del mercado minorista.
- Servicios sociales de tu ayuntamiento: para el encaje con el riesgo de exclusión social y para ayudas complementarias.
- Tu propia factura: es la fuente que nadie mira y la que más dice. En ella está tu potencia, tu tarifa, tu consumo anual y, si te lo han concedido, la línea del descuento.
Preguntas frecuentes sobre el bono social eléctrico
¿Puedo solicitar el bono social si soy inquilino?
Sí. No hace falta ser propietario de la vivienda. Lo que se mira es que el contrato de suministro esté a tu nombre y que la vivienda sea tu residencia habitual.
¿El bono social es compatible con el autoconsumo solar?
Sí. Tener placas solares no te excluye, porque puedes estar en PVPC con compensación de excedentes. El descuento se aplica sobre la parte regulada de la factura, no sobre lo que te compensan por la energía vertida.
¿Cuánto tarda en aplicarse el descuento?
La comercializadora de referencia debe resolver en el plazo máximo que fija la norma, contado desde que tu solicitud está completa. El descuento aparece en las facturas emitidas después de la resolución, no de forma retroactiva sobre las anteriores.
¿Tengo que pagar algo por solicitar el bono social?
No. El trámite es gratuito y lo puedes hacer tú directamente ante tu comercializadora de referencia. Nadie está autorizado a cobrarte una cuota por gestionarlo ni por cambiarte de tarifa.
¿Qué pasa si me deniegan la solicitud?
Pide por escrito el motivo concreto de la denegación. La mayoría se resuelven corrigiendo un dato o aportando un documento. Si no llegas a un acuerdo, puedes reclamar ante el servicio de consumo de tu comunidad autónoma.
¿Puedo tener bono social en una segunda vivienda?
No. El descuento se limita al suministro de la vivienda habitual del titular. Un apartamento de vacaciones, un local o un garaje quedan fuera.
¿Pierdo el bono social si me cambio al mercado libre?
Sí. El descuento solo existe dentro de la tarifa regulada PVPC. Si firmas una oferta de mercado libre, dejas de tener derecho a él mientras dure ese contrato.
¿El bono social eléctrico y el bono social térmico se piden por separado?
No. El bono social térmico es una ayuda distinta que se concede de oficio a quienes ya son beneficiarios del bono social eléctrico en la fecha de referencia que fija cada convocatoria. No hay que rellenar una segunda solicitud.
¿Cuenta la pensión como renta para el bono social?
Sí, las pensiones computan como renta. Hay además una vía específica para pensionistas del sistema de la Seguridad Social que perciben la cuantía mínima y no tienen otros ingresos relevantes.
¿Puedo pedir el bono social si vivo de alquiler y la luz está a nombre del casero?
No mientras el contrato siga a nombre de otra persona. Tendrías que cambiar la titularidad del suministro a tu nombre, un trámite gratuito, y solicitar después el bono social.
¿Me pueden cortar la luz si tengo bono social?
Ser beneficiario amplía los plazos antes de que la compañía pueda suspender el suministro por impago. La protección más fuerte es la del consumidor en riesgo de exclusión social, cuando los servicios sociales asumen parte de la factura.
¿Hay que renovar el bono social o se mantiene solo?
Se concede por un periodo limitado y caduca. La comercializadora debe avisarte antes del vencimiento, pero conviene apuntar la fecha y presentar la renovación con margen para no quedarte sin descuento.
Glosario rápido
- PVPC: Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor. La tarifa regulada de electricidad, limitada a suministros de hasta 10 kW y comercializada solo por las comercializadoras de referencia.
- COR: comercializadora de referencia. Empresa designada oficialmente para facturar el PVPC y aplicar el bono social.
- IPREM: Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. El índice con el que se comparan las rentas en multitud de ayudas públicas; se fija en la Ley de Presupuestos y se prorroga si estos se prorrogan.
- Unidad familiar: conjunto de personas que, a efectos de esta norma, se consideran junto al titular para calcular la renta. No coincide necesariamente con quienes comparten piso.
- Término de potencia y término de energía: los dos conceptos regulados de tu factura. El primero depende de los kW contratados, el segundo de los kWh consumidos.
- CUPS: el código que identifica de forma única tu punto de suministro. Aparece en la factura y te lo pedirán en cualquier trámite.
Nota de transparencia editorial
No hemos realizado pruebas propias, encuestas ni entrevistas para este artículo, y no reproducimos testimonios de beneficiarios. El contenido se apoya en el marco normativo del bono social eléctrico (Ley 24/2013 y Real Decreto 897/2017 con sus modificaciones) y en la información publicada por el Ministerio y la CNMC. Cuando un dato numérico ha cambiado varias veces por normas temporales —los porcentajes de descuento, los multiplicadores del IPREM, los límites anuales de consumo bonificable— lo explicamos de forma cualitativa y te remitimos a la fuente oficial en lugar de arriesgarnos a publicar una cifra caducada. Si detectas cualquier error, escríbenos y lo corregimos.
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Escrito por el equipo de EnergíaBarata
Revisamos y actualizamos este contenido periódicamente para garantizar información precisa y útil.