Respuesta directa
La compensación simplificada de excedentes es el mecanismo, regulado por el Real Decreto 244/2019, por el que tu comercializadora descuenta de la factura el valor de la energía solar que has vertido a la red y no has consumido en casa. No te la paga en dinero: te la resta del término de energía consumida en ese mismo periodo de facturación. El descuento tiene tres topes duros: nunca puede superar lo que has gastado en energía ese mes, no toca peajes, cargos, potencia contratada ni impuestos, y lo que sobra no se acumula para el mes siguiente. El precio del kWh vertido lo marca el mercado si estás en PVPC (precio horario menos desvíos) o el contrato si estás en mercado libre, y en ambos casos es sensiblemente inferior al precio al que compras. Para acogerte necesitas una instalación renovable de hasta 100 kW, un equipo de medida bidireccional y un contrato de compensación firmado con tu comercializadora.
Cuando alguien instala placas solares en casa, la primera cuenta que hace es la del ahorro. La segunda, casi siempre, es esta: ¿y toda la energía que produzco cuando no hay nadie en casa, dónde va? Va a la red, y ahí es donde entra la compensación de excedentes. El problema es que se explica mal: se vende como si te compraran la energía, cuando en realidad es un descuento con reglas muy concretas que conviene entender antes de firmar presupuesto, porque condicionan el dimensionado de la instalación, la comercializadora que te interesa y hasta si te conviene poner batería.
Esta guía es la explicación general del mecanismo: qué es, qué dice la norma, cómo se traduce en las líneas de tu factura, qué se compensa y qué no, y en qué se diferencia de vender la energía a la red. Si buscas el cálculo concreto para una instalación doméstica típica, tenemos el caso desarrollado en la guía de compensación de excedentes para una instalación de 5 kW, con los números de un equipo de ese tamaño. Aquí nos quedamos en el marco común, que es el que sirva tengas 3 kW o 30. Tambien te recomendamos leer sobre baterías virtuales y compensación energética.
Qué es el autoconsumo y de dónde salen los excedentes
El autoconsumo eléctrico consiste en producir electricidad para gastarla tú mismo, en el punto donde la consumes. En España, en la práctica totalidad de los casos domésticos hablamos de fotovoltaica: unos módulos en la cubierta, un inversor que convierte la corriente continua en alterna, y el cuadro de tu vivienda como destino de esa energía. No hay contadores mágicos ni cables nuevos hasta la red: la instalación se cuelga de tu propio circuito y la electricidad que genera se consume antes que la que viene de fuera, simplemente porque está más cerca.
La consecuencia de esa jerarquía es la que da origen a todo lo demás. Tu casa consume de forma irregular a lo largo del día, y las placas producen de forma igualmente irregular, pero con una curva distinta. La producción dibuja una campana centrada en el mediodía solar. El consumo doméstico tipo dibuja dos jorobas: una a primera hora de la mañana y otra, mucho mayor, entre las siete y las once de la noche. Esas dos curvas no encajan. A mediodía sobra energía y por la noche falta.
Excedente: la definición precisa
El excedente es, exactamente, la energía que tu instalación genera en una hora determinada y que tu vivienda no consume en esa misma hora. No es un cálculo diario ni mensual: la medida se hace hora a hora, y esa granularidad importa mucho, porque un día en el que produces 20 kWh y consumes 20 kWh no significa que no haya excedente. Si produces 18 de esos kWh entre las 10:00 y las 18:00 y consumes 14 de los tuyos entre las 19:00 y las 24:00, ese día habrás vertido una cantidad considerable a la red y habrás comprado otra tanta por la noche.
Por eso el primer indicador que debes mirar de tu instalación no es la producción total, sino el porcentaje de autoconsumo: qué parte de lo que generas se queda en casa. En viviendas sin nadie durante la jornada laboral y sin gestión de cargas, ese porcentaje suele quedarse en un tramo bajo, y todo lo demás se convierte en excedente. En viviendas con teletrabajo, piscina, aire acondicionado diurno o coche eléctrico enchufado a mediodía, sube bastante. Cuanto más alto sea, menos dependes de la compensación, y eso es bueno, porque cada kWh autoconsumido vale lo que cuesta comprarlo, mientras que cada kWh vertido vale mucho menos.
Las tres modalidades que reconoce la norma
El RD 244/2019 clasifica el autoconsumo en dos grandes categorías, y la segunda se subdivide. Sin excedentes: la instalación lleva un dispositivo antivertido que impide físicamente que salga energía a la red, de modo que si produces de más, el inversor recorta producción. Con excedentes acogido a compensación: la energía sobrante sale a la red y se compensa en factura mediante el mecanismo que explicamos aquí. Y con excedentes no acogido a compensación: la energía sobrante se vende al mercado eléctrico como cualquier otro generador, con las obligaciones que eso conlleva.
La inmensa mayoría de instalaciones residenciales españolas están en la segunda modalidad, y no por casualidad: es la única que combina simplicidad administrativa con retorno económico por lo vertido. Para mas informacion, consulta nuestra guia sobre consejos prácticos de batería virtual y compensación.
Qué es la compensación simplificada de excedentes
La compensación simplificada de excedentes es un mecanismo de saldo económico en factura. Tu comercializadora mide cuánta energía has vertido a la red durante el periodo de facturación, le pone un precio, y ese importe lo resta del coste de la energía que has comprado en ese mismo periodo. El resultado sale reflejado como una línea negativa en tu factura, normalmente bajo un epígrafe del tipo «energía autoconsumida excedentaria» o «compensación de excedentes».
El adjetivo «simplificada» no es decorativo: es lo que separa este mecanismo de la venta de electricidad. Al acogerte a la compensación no te conviertes en productor de energía a efectos administrativos ni fiscales. No emites facturas, no te das de alta en el impuesto de actividades económicas, no necesitas un representante en el mercado mayorista y no tienes obligaciones de liquidación. Solo firmas un contrato con tu comercializadora y ella se encarga del resto.
La compensación no es una venta, es un descuento. Esa distinción, que parece semántica, es la que explica todos los límites del mecanismo: como no te están comprando nada, no te pueden deber dinero. Como mucho, pueden dejar de cobrártelo.
El circuito completo, paso a paso
Vale la pena seguir el recorrido físico y contable de un kWh sobrante para entender dónde se pierde valor y por qué:
- Generación. Los módulos producen corriente continua y el inversor la convierte en alterna a 230 V, sincronizada con la red.
- Consumo instantáneo. Esa energía alimenta primero lo que esté encendido en la vivienda. Este consumo no pasa por el contador de compra: es energía que sencillamente no compras, y ahí es donde está el grueso del ahorro.
- Vertido. Si en esa hora sobra energía, sale por el contador hacia la red de distribución y alimenta al vecindario. Tu contador bidireccional lo registra en un registro separado del de consumo.
- Lectura. La distribuidora recoge las curvas horarias de ambos registros y se las traslada a tu comercializadora.
- Valoración. La comercializadora aplica a cada kWh vertido el precio pactado (o el de mercado si estás en PVPC) y suma el total del periodo.
- Compensación. Ese importe se resta del término de energía de la factura, con el tope de dejarlo a cero.
Fíjate en el paso 2. Es el paso invisible y es, con diferencia, el más rentable. Un kWh que consumes en el momento te ahorra el precio íntegro al que lo habrías comprado, impuestos incluidos. Un kWh que viertes te devuelve solo el precio de compensación, sin impuestos y sin peajes. Entre uno y otro suele haber una diferencia de tres o cuatro veces. Toda la estrategia razonable de autoconsumo consiste en empujar energía del paso 3 al paso 2.
Cómo se calcula la compensación en tu factura, paso a paso
Aquí es donde más gente se lleva un disgusto, porque la intuición dice «me devuelven el precio de la luz» y la realidad dice otra cosa. La factura eléctrica española tiene varios bloques, y la compensación solo puede morder uno de ellos.
Qué se compensa y qué no
La norma limita el descuento al término de energía consumida: es decir, a los kWh que has comprado multiplicados por su precio. Todo lo demás queda fuera del alcance de la compensación y lo pagas igual, viertas mucho o no viertas nada.
| Concepto de la factura | ¿Lo puede reducir la compensación? | Por qué |
|---|---|---|
| Término de energía (kWh comprados) | Sí | Es el único bloque sobre el que la norma permite aplicar el saldo de excedentes. |
| Término de potencia (kW contratados) | No | Retribuye el acceso a la red, no la energía. Se paga por días contratados. |
| Peajes de transporte y distribución | No | Cubren la infraestructura que sigues usando para verter y para comprar. |
| Cargos del sistema | No | Costes regulados ajenos al suministro de energía en sí. |
| Alquiler del equipo de medida | No | Es un servicio de la distribuidora, facturado aparte. |
| Impuesto especial sobre la electricidad | No | Se aplica sobre la base ya calculada; el saldo no lo alcanza. |
| IVA | No | Grava el total facturado. La compensación es previa y no genera IVA a tu favor. |
La lectura práctica de esa tabla es doble. Primera: tu factura nunca será cero, por muchas placas que pongas, mientras sigas conectado a la red. Segunda: si tu consumo es muy bajo y tu término de potencia es alto, el margen que la compensación puede aprovechar es pequeño, y te interesa más revisar la potencia contratada que ampliar la instalación.
El orden de las operaciones
La secuencia contable exacta, tal como la aplican las comercializadoras, es esta:
- Se calcula el importe de la energía comprada de la red en el periodo, hora a hora o por tramos según tu tarifa.
- Se calcula el importe de la energía vertida en el mismo periodo, aplicando el precio de compensación.
- Se resta el segundo del primero. Si el resultado es negativo, se fija en cero: la energía sobrante por encima de ese tope no se arrastra ni se abona.
- Sobre ese importe ya neteado se añaden potencia, peajes, cargos, alquiler de equipos y, finalmente, impuestos.
El punto 3 es el más incomprendido de todo el mecanismo. No hay hucha. El periodo de facturación es la unidad de cuenta y, cuando se cierra, lo que sobró desaparece.
A qué precio se paga el kWh que viertes
No existe un precio oficial y único del excedente. Depende de en qué mercado estés contratado, y las dos vías funcionan de forma muy distinta.
Si estás en PVPC (mercado regulado)
La norma fija la fórmula: el excedente se valora al precio horario del mercado mayorista menos el coste de los desvíos de esa hora. Es decir, cobras lo que valía la electricidad en el pool en el momento exacto en que la vertiste, descontando el coste de gestionar la desviación entre lo previsto y lo real. La ventaja es la transparencia: la fórmula es pública y verificable. El inconveniente es estructural: como todo el mundo con placas vierte a las mismas horas, las horas centrales del día son precisamente las de precio mayorista más bajo, y en primavera y verano hay días en los que el precio de esas horas se hunde. Cobras poco justo cuando más viertes.
Si estás en mercado libre
El precio lo pactas libremente con la comercializadora y figura en tu contrato. Cada compañía tiene su política y cambia con el tiempo: unas ofrecen un precio fijo por kWh vertido, otras lo indexan al mercado, otras lo empaquetan dentro de una tarifa específica de autoconsumo. En términos generales, los precios de compensación de mercado libre se mueven en un rango claramente inferior al precio al que te venden el kWh, y en los últimos años la tendencia ha sido a la baja, no al alza. No te fíes de la cifra que aparece en el escaparate comercial: busca la cláusula concreta del contrato, comprueba si el precio está garantizado y durante cuánto tiempo, y si la oferta se pierde al cambiar de tarifa.
Nunca elijas comercializadora solo por el precio del excedente. Si el kWh que compras te sale más caro que en la competencia, el sobrecoste de todo lo que consumes se come el céntimo de más que te reconocen por lo que viertes. Compara el conjunto.
| Aspecto | PVPC (regulado) | Mercado libre |
|---|---|---|
| Cómo se fija el precio del excedente | Fórmula normativa: precio horario del mercado menos desvíos | Lo que pacte el contrato con la comercializadora |
| Previsibilidad | Baja: varía cada hora de cada día | Alta si el precio es fijo; baja si está indexado |
| Transparencia | Total: la fórmula y los precios son públicos | Depende de la claridad del contrato |
| Riesgo de precios hundidos a mediodía | Alto en primavera y verano | Nulo si el precio pactado es fijo |
| Permanencia | No existe | Frecuente en ofertas específicas de autoconsumo |
| A quién suele convenir | Consumos moderados con hábito de vigilar el mercado | Quien prefiere una cifra estable y no quiere revisar nada |
Los cinco límites que casi nadie te cuenta
Si solo te llevas una sección de este artículo, que sea esta. Estos cinco topes explican la diferencia entre lo que un comercial promete y lo que aparece en la factura.
1. El saldo nunca es negativo
El valor de tus excedentes puede reducir el término de energía hasta cero, pero ni un céntimo más. Si un mes de julio produces mucho y consumes poco, buena parte de lo vertido se queda sin retribuir.
2. No hay acumulación entre meses
Lo que sobra en junio no sirve para pagar la factura de diciembre. Cada periodo de facturación se liquida por separado y se cierra. Esta es exactamente la carencia que intentan cubrir las llamadas «baterías virtuales» comerciales, que son productos de las comercializadoras y no un derecho de la norma.
3. Solo cubre el término de energía
Ya lo hemos visto en la tabla: potencia, peajes, cargos, alquiler de equipos e impuestos quedan fuera. Si tu factura es mayoritariamente potencia porque consumes poco, el techo de ahorro es bajo por definición.
4. Tope de 100 kW de potencia de producción
La potencia total de las instalaciones de generación asociadas no puede superar los 100 kW para acogerse a la compensación simplificada. Es un límite altísimo para una vivienda y perfectamente alcanzable para una nave industrial o una explotación agrícola, que tendrían que ir por la vía de la venta a red.
5. La fuente debe ser renovable
El mecanismo está reservado a generación de origen renovable. Un grupo electrógeno diésel no da derecho a compensación, aunque técnicamente pudieras verter con él.
Qué ganas realmente al acogerte
Con todos los límites sobre la mesa, la compensación sigue mereciendo la pena para prácticamente cualquier instalación doméstica. Estas son las ventajas reales, sin inflarlas.
Rescata energía que si no se regalaría
La alternativa a la compensación, para una vivienda, no es vender la energía: es que esa energía se pierda. Sin acogerte, tu excedente sale a la red y no te retribuye nada. Ese es el punto de comparación honesto, y con él cualquier importe compensado es dinero que antes no existía.
Acorta el plazo de amortización
El excedente rebaja el tiempo que tarda la instalación en pagarse sola. No lo hace de forma espectacular, porque el precio del kWh vertido es bajo, pero sí de forma constante y durante toda la vida útil de los módulos, que se cuenta en décadas. En instalaciones bien dimensionadas, la parte compensada suele ser una fracción minoritaria del ahorro total; el grueso viene de la energía que dejas de comprar.
Cero burocracia adicional una vez en marcha
Firmado el contrato, el mecanismo funciona solo. No tienes que declarar nada mensualmente, ni leer contadores, ni reclamar importes. Aparece en la factura sin que hagas nada. Esta comodidad, comparada con las obligaciones de un productor, es una ventaja mayor de lo que parece sobre el papel.
Amortigua los cambios de hábitos
Si un mes te vas de vacaciones y la casa se queda vacía, la energía que produces no se tira: buena parte compensa lo poco que consumas y el resto se pierde, pero la penalización por un mes atípico es menor de lo que sería sin mecanismo alguno.
Y sí, hay una ventaja no económica
La energía que viertes la consume alguien en tu propia calle, con pérdidas de transporte mínimas, y desplaza generación del mix. Es un argumento legítimo, pero no lo mezcles con la cuenta: si la instalación no te sale a cuenta por sí sola, el argumento ambiental no la va a rescatar.
Requisitos y trámites para acogerte
Los requisitos son tasados y están en la norma. No son negociables ni dependen de la comercializadora.
Requisitos que debe cumplir la instalación
- Fuente de energía primaria renovable. Fotovoltaica en la práctica totalidad de casos residenciales, aunque valen otras renovables.
- Potencia total de producción igual o inferior a 100 kW. Se cuenta la suma de las instalaciones de generación asociadas al mismo punto.
- Instalación conectada a la red interior del consumidor o a través de una línea directa, con su punto de conexión legalizado.
- Sin régimen retributivo específico o adicional. Si la planta cobra por otro esquema regulado, no puede acogerse además a la compensación.
- Un solo contrato de suministro para consumo asociado y servicios auxiliares de producción, salvo los supuestos en que la norma permite separarlos.
Requisitos administrativos y contractuales
- Certificado de instalación eléctrica (el llamado boletín o CIE) emitido por instalador habilitado, con la memoria técnica de diseño o el proyecto si el tamaño lo exige.
- Legalización ante el organismo competente de tu comunidad autónoma, con la inscripción en el registro de autoconsumo correspondiente. Los plazos y el papeleo varían bastante de una comunidad a otra.
- Comunicación a la distribuidora y asignación del código de autoconsumo (CAU) asociado a tu CUPS.
- Equipo de medida bidireccional, que gestiona la distribuidora. En muchos contadores actuales basta con reconfigurarlo.
- Contrato de compensación de excedentes firmado con tu comercializadora. Este es el que activa el descuento; sin él, viertes gratis.
El orden en el que conviene hacerlo
El error clásico es dejar el contrato de compensación para el final y descubrir tres facturas después que se estuvo vertiendo sin retribución. Lo sensato es hablar con la comercializadora antes de que la instalación entre en servicio, tener claro qué precio va a reconocer al excedente y firmar en cuanto exista el CAU. Pide al instalador que te entregue copia de toda la documentación: el CIE, la memoria, el certificado de inscripción y el número de CAU. Es tuya y la necesitarás cada vez que cambies de comercializadora.
Comprueba en la primera factura posterior al alta que aparece la línea de compensación y que la energía vertida que figura se parece a la que marca la aplicación de tu inversor. Si no aparece nada, el contrato de compensación no está activo, por mucho que la instalación esté legalizada.
Compensación, venta a red y batería virtual: qué es cada cosa
Se confunden constantemente y son tres cosas distintas, con marcos jurídicos distintos.
Compensación simplificada
Es lo que hemos descrito: descuento en factura, sin condición de productor, con tope en el consumo del periodo y sin acumulación. Marco: RD 244/2019.
Venta a red (autoconsumo con excedentes no acogido a compensación)
Aquí sí vendes electricidad. Te conviertes en sujeto productor, con las obligaciones que eso implica: inscripción en el registro administrativo de instalaciones de producción, alta en el epígrafe fiscal correspondiente, emisión de facturas, representación en el mercado mayorista (propia o contratada) y las cargas tributarias aplicables a la generación eléctrica, cuya vigencia y tipo han cambiado varias veces en los últimos ejercicios, así que hay que comprobar la situación del momento. A cambio, no tienes tope: cobras todo lo que viertes, esté o no relacionado con tu consumo, y sin límite de 100 kW.
Batería virtual
No es una figura de la norma, es un producto comercial. Una comercializadora te ofrece guardar el valor de tus excedentes en un saldo monetario que sí se arrastra a meses siguientes y que, según el producto, puede aplicarse a conceptos que la compensación simplificada no alcanza, o incluso a otros suministros. Suena mejor y a veces lo es, pero se paga: suele ir asociado a una cuota, a un precio de la energía menos competitivo o a permanencia. Analízalo como lo que es, una oferta comercial, y compara el paquete completo.
| Criterio | Compensación simplificada | Venta a red | Batería virtual |
|---|---|---|---|
| Naturaleza | Descuento en factura | Venta de electricidad | Producto comercial de la comercializadora |
| ¿Eres productor? | No | Sí, con todas las obligaciones | No |
| Límite de potencia | 100 kW | Sin límite por esta vía | El de la compensación en la que se apoya |
| ¿El saldo se acumula? | No, se pierde cada periodo | No aplica: te lo pagan | Sí, es su razón de ser |
| ¿Puede dejar la factura a cero? | No, solo el término de energía | No aplica | Según producto, alcanza más conceptos |
| Carga administrativa | Mínima | Alta y recurrente | Mínima |
| Coste asociado | Ninguno | Representación, gestoría, obligaciones fiscales | Cuota, tarifa peor o permanencia |
| Perfil típico | Vivienda y pequeño comercio | Instalaciones grandes con excedente masivo | Quien vierte mucho en verano y consume en invierno |
Para una vivienda unifamiliar corriente la respuesta es casi siempre la primera columna. La venta a red solo empieza a tener sentido cuando el excedente anual supera con holgura al consumo propio y el tamaño de la instalación justifica los costes fijos de ser productor. Si te lo plantean para una casa, desconfía. Si estás valorando acumulación física, te interesa nuestra guía de baterías de litio para autoconsumo.
Autoconsumo colectivo y coeficientes de reparto
La compensación no es solo para chalés. Varios consumidores pueden compartir una misma instalación de generación y repartirse tanto la energía como la compensación. Es lo que ocurre en una comunidad de vecinos que pone placas en la cubierta del edificio, o en un grupo de viviendas y comercios próximos.
Cómo se reparte la energía
El reparto se hace mediante coeficientes, un porcentaje asignado a cada participante que determina qué parte de la producción horaria le corresponde. Esos coeficientes se recogen en un acuerdo firmado por todos los participantes y se comunican a la distribuidora, que los aplica al calcular las curvas de cada CUPS. Pueden fijarse por criterios de consumo, de participación en la inversión, de cuota de propiedad o incluso variar por franjas horarias, siempre que sumen la unidad y estén acordados.
Distancia y conexión
Los participantes deben cumplir condiciones de proximidad respecto a la instalación de generación. La normativa ha ido ampliando ese radio con los años para permitir configuraciones más flexibles, y admite distintos supuestos: conexión en la red interior del mismo edificio, conexión a través de la red de baja tensión desde el mismo centro de transformación o proximidad dentro del radio establecido. Antes de plantear un proyecto colectivo, confirma el criterio vigente con la distribuidora, porque este es el punto donde más proyectos se caen.
Qué recibe cada uno
Cada participante ve en su propia factura tanto la energía autoconsumida que le corresponde como la compensación de la parte de excedente que le toca, con los mismos límites individuales que si fuera una instalación propia: el tope de su consumo, sin acumulación y solo sobre su término de energía. Un vecino que apenas consuma recibirá poca compensación aunque su coeficiente sea alto, y eso hay que tenerlo en cuenta al pactar los porcentajes. Ampliamos este punto en el artículo sobre diferencias entre comunidad energética y autoconsumo compartido.
Cómo dimensionar para no regalar energía
Si la compensación paga poco y no se acumula, la conclusión operativa es evidente: la instalación óptima no es la más grande que quepa en el tejado, sino la que mejor encaja con tu curva de consumo.
Parte de tu consumo real, no de la superficie disponible
Antes de pedir presupuestos, descárgate tu curva horaria de consumo. La distribuidora la pone a disposición del titular del suministro y da el dato hora a hora del último año. Con eso sabrás cuánta energía gastas realmente entre las 10:00 y las 17:00, que es la ventana en la que las placas producen. Ese número, y no los metros cuadrados de cubierta, es el que debe guiar la potencia a instalar.
Mueve consumo a las horas de sol
Es la palanca más barata que existe, porque no cuesta nada. Lavadora, lavavajillas, secadora, bomba de la piscina, termo eléctrico, carga del coche eléctrico y del patinete: todo lo que puedas programar, prográmalo a mediodía. Cada kWh que trasladas de la noche al mediodía vale varias veces más que el mismo kWh vertido. Un temporizador de veinte euros en el termo eléctrico suele rendir más que un panel adicional.
Valora la acumulación con la calculadora, no con la ilusión
Una batería física convierte excedente barato en consumo caro evitado, y esa es su lógica económica. Ahora bien, tiene un coste de adquisición, una vida útil limitada en ciclos y un rendimiento de ida y vuelta que no es del cien por cien. Solo sale a cuenta si tu excedente diario es alto y tu consumo nocturno también. Si viertes poco, la batería no tiene qué almacenar; si consumes poco de noche, no tiene a quién dárselo.
Ojo con la orientación
Una cubierta orientada al sur maximiza la producción total, pero una repartida entre este y oeste aplana la curva: produce menos en el pico y más a primera y última hora del día, que es cuando la casa suele estar habitada. Para autoconsumo doméstico, esa segunda configuración a menudo rinde mejor en euros aunque genere menos kWh. Pídele al instalador que te enseñe la simulación de las dos opciones cruzada con tu curva de consumo, no solo la producción anual estimada. Más ideas para bajar la factura en nuestra guía sobre cómo ahorrar en la factura de la luz.
Marco normativo y ayudas
La compensación de excedentes no es una práctica comercial: es una figura regulada, y conocer las normas que la sostienen te da argumentos si algún día tienes que reclamar.
Normativa clave
- Real Decreto 244/2019, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica. Es la norma matriz: define las modalidades, fija los requisitos de la compensación simplificada, regula el autoconsumo colectivo y establece cómo se valoran los excedentes en PVPC.
- Real Decreto-ley 15/2018, de medidas urgentes para la transición energética, que eliminó el cargo sobre la energía autoconsumida conocido popularmente como impuesto al sol y reconoció el derecho al autoconsumo compartido.
- Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, que da el marco general de derechos y obligaciones de consumidores, productores y comercializadoras.
- Normativa autonómica y municipal, que regula la legalización, el registro de autoconsumo y, en su caso, las licencias de obra y las bonificaciones fiscales locales.
Actualizaciones posteriores
El marco se ha ido retocando por normas posteriores, sobre todo en lo relativo a distancias del autoconsumo colectivo, plazos de tramitación y simplificación de trámites para instalaciones pequeñas. Antes de dar por buena cualquier cifra o requisito que leas (aquí incluido), contrasta con el texto consolidado vigente en el momento en que vayas a tramitar. Es un ámbito que se modifica con frecuencia.
Ayudas: qué se puede decir con honestidad
Sobre las ayudas al autoconsumo circula mucha información caducada o directamente inventada, y conviene ser prudente porque un porcentaje de subvención mal aplicado falsea todo el cálculo de amortización. Lo que se puede afirmar sin riesgo:
- Existen programas autonómicos de apoyo a las renovables y a la rehabilitación energética, con convocatorias que abren y cierran, dotaciones que se agotan y requisitos distintos en cada comunidad. Ni los importes ni los porcentajes son estables ni universales.
- Hay deducciones en el IRPF por obras que mejoran la eficiencia energética de la vivienda, con condiciones, certificados energéticos previos y posteriores y plazos concretos. Su vigencia se ha ido prorrogando, así que hay que comprobar el ejercicio fiscal en curso.
- Muchos ayuntamientos aprueban bonificaciones en el IBI y en el ICIO para instalaciones de autoconsumo. Son potestativas: dependen de la ordenanza de tu municipio y de que la solicites en plazo.
- Regla de oro: no inicies la obra antes de solicitar la ayuda si la convocatoria exige que la instalación sea posterior a la solicitud. Es el motivo número uno de denegación.
- En Canarias el impuesto indirecto aplicable es el IGIC, no el IVA. Cualquier presupuesto que hable de IVA reducido de obra es una plantilla peninsular mal adaptada.
El Plan MOVES III es un programa de movilidad eléctrica: financia vehículos eléctricos y puntos de recarga. No subvenciona placas solares, ni baterías domésticas de autoconsumo, ni aerotermia. Si un comercial te lo incluye en el presupuesto de una instalación fotovoltaica, ese presupuesto tiene un problema mayor que ese.
Nuestra recomendación es sencilla: haz los números sin contar con ninguna ayuda. Si la instalación sale a cuenta así, cualquier subvención que llegue después es una mejora. Si solo sale a cuenta con la ayuda incluida, estás asumiendo un riesgo que no controlas. Automatiza tu hogar con nuestras soluciones de domotica para el hogar.
Ejemplo práctico de compensación
Vamos a seguir un mes completo con números redondos. Son cifras de ejemplo elegidas para que se entienda la mecánica, no una previsión de lo que vas a cobrar tú: tanto el precio de compra como el de compensación dependen de tu contrato y del mercado.
Los supuestos de partida
- Vivienda que compra a la red 200 kWh durante el mes.
- Precio de la energía en su contrato: 0,20 €/kWh (solo el término de energía, sin impuestos).
- Energía vertida a la red en ese mismo mes: 150 kWh.
- Precio de compensación pactado: 0,06 €/kWh.
| Concepto | Cálculo | Importe |
|---|---|---|
| Energía comprada a la red | 200 kWh × 0,20 €/kWh | 40,00 € |
| Valor de los excedentes vertidos | 150 kWh × 0,06 €/kWh | −9,00 € |
| Término de energía neto | 40,00 − 9,00 | 31,00 € |
| Potencia, peajes, cargos y alquiler de equipo | No compensables | Se pagan íntegros |
| Impuesto eléctrico e IVA | Sobre la base ya neteada | Se aplican después |
El mismo hogar, un mes de julio
Ahora imagina que en julio la familia se va quince días. Compra solo 60 kWh a la red y vierte 320 kWh. El valor de lo comprado es 12,00 € y el valor de lo vertido sería 19,20 €. Como el saldo no puede ser negativo, la compensación se queda en 12,00 € y el término de energía baja a cero. Los 7,20 € restantes no se cobran, no se guardan y no aparecen en agosto: se pierden. Y la factura de julio no será cero, porque potencia, peajes, cargos, alquiler de contador e impuestos siguen ahí.
Ese mes de julio es la ilustración perfecta de por qué sobredimensionar no compensa y por qué mover consumo al mediodía sí. Si esa familia hubiera dejado programada la bomba de la piscina a las horas de sol, parte de esos 7,20 € perdidos se habrían convertido en energía que no habría que comprar a 0,20 € cuando volvieran.
Cómo hacer tu propio cálculo
Con tres datos tienes bastante para una estimación razonable: los kWh que compras al mes según tus facturas, los kWh que produce o produciría tu instalación según la simulación del instalador, y el porcentaje de esa producción que se quedaría en casa. Multiplica la parte autoconsumida por el precio al que compras (ese es el ahorro grande), la parte vertida por el precio de compensación de tu contrato (ese es el pequeño), y compara la suma con la cuota mensual de la financiación si la hay. Si quieres el desarrollo con los números de un equipo doméstico estándar, lo tienes en la guía específica de compensación para 5 kW.
Errores frecuentes que te cuestan dinero
Instalar primero y contratar la compensación después
Cada día que la instalación vierte sin contrato de compensación firmado es energía regalada. Cierra ese punto antes del arranque.
Elegir la potencia por el tamaño del tejado
Los kW de más solo generan excedente, y el excedente se paga a una fracción de lo que ahorra el autoconsumo. Dimensiona con la curva de consumo delante.
Creer que la factura llegará a cero
No llegará mientras estés conectado a la red. La parte fija y los impuestos no se compensan. Cualquier presupuesto que prometa factura cero está vendiendo humo.
Contratar más potencia de la necesaria
El término de potencia es intocable para la compensación y se paga todos los días del año. Revisar la potencia contratada, sobre todo si tu consumo bajó al poner placas, suele dar un ahorro inmediato y gratuito.
Cambiar de comercializadora sin mirar el excedente
Una oferta agresiva en el precio de compra puede venir con una compensación muy pobre, o con una permanencia que te ata dos años. Compara las dos caras.
No revisar las facturas los primeros meses
Los errores de alta existen: contadores mal configurados, curvas de vertido que llegan a cero, coeficientes de reparto mal cargados en instalaciones colectivas. Contrasta durante tres o cuatro meses la energía vertida de la factura con la que registra tu inversor y reclama en cuanto veas una diferencia sostenida.
Ignorar el mantenimiento
Módulos sucios, sombras nuevas de un árbol que ha crecido o un inversor con un tramo caído reducen la producción de forma silenciosa. Si tu monitorización muestra una caída anual que no se explica por el clima, revísalo.
Preguntas frecuentes
¿Qué es exactamente la compensación simplificada de excedentes?
Es el mecanismo del RD 244/2019 por el que tu comercializadora descuenta de la factura el valor de la energía que has vertido a la red. No es un cobro ni una venta: es un descuento aplicado sobre el término de energía consumida en ese mismo periodo de facturación.
¿Cuánto me pagan por cada kWh que vierto a la red?
Depende del contrato. En PVPC el excedente se valora al precio horario del mercado mayorista menos el coste de los desvíos. En mercado libre lo fija cada comercializadora en el contrato y suele quedar bastante por debajo del precio al que compras el kWh. Comprueba la cifra concreta en tu contrato antes de firmar.
¿Puede la compensación dejar mi factura de la luz a cero?
No. El valor de los excedentes solo puede llegar a anular el término de energía consumida del periodo. Peajes, cargos, término de potencia, alquiler del equipo de medida, impuesto eléctrico e IVA se siguen pagando.
¿Qué pasa si un mes vierto más energía de la que consumo?
Ese exceso se pierde: la compensación simplificada no genera saldo acumulable para meses posteriores. Si ocurre de forma sistemática, la instalación está sobredimensionada para tu consumo o te interesa valorar una batería virtual comercial.
¿Puedo acogerme a la compensación si tengo baterías?
Sí, tener acumulación no te excluye. La batería reduce el excedente vertido porque guarda energía para las horas sin sol, así que normalmente recibes menos compensación y a cambio ahorras más en la energía que dejas de comprar.
¿Hay un límite de potencia para acogerse a la compensación?
Sí. La potencia total de las instalaciones de producción asociadas no puede superar los 100 kW. Por encima de esa cifra hay que ir a la venta a red como sujeto productor.
¿Necesito cambiar el contador para tener compensación?
Necesitas un equipo de medida bidireccional, capaz de registrar por separado la energía consumida y la vertida. Lo gestiona la distribuidora tras la comunicación del alta de la instalación, no lo contratas tú por libre.
¿Qué me conviene más, compensación o venta a red?
En una vivienda, casi siempre la compensación: no exige alta como productor, ni emitir facturas, ni obligaciones fiscales de actividad. La venta a red tiene sentido cuando el excedente supera con mucho al consumo propio y la instalación es grande.
¿Cuánto tarda la compensación en aparecer en la factura?
Se refleja en la factura del periodo en el que se ha vertido la energía, siempre que la instalación esté dada de alta y el contrato de compensación firmado. Lo que puede tardar semanas es el alta administrativa previa.
¿Puedo cambiar de comercializadora y conservar la compensación?
Sí. Tramitas el cambio con la comercializadora nueva y firmas con ella un contrato de compensación de excedentes. Antes de moverte, compara el precio que reconoce al excedente y revisa si hay permanencia.
¿La compensación de excedentes tributa en el IRPF?
La compensación simplificada no es una venta, sino un descuento en la factura, por lo que no se percibe como una renta. La venta a red sí es una actividad económica con sus propias obligaciones. Ante cualquier duda, consúltalo con un asesor fiscal.
¿Sirve la compensación para el autoconsumo colectivo?
Sí, si la instalación cumple los requisitos y existe un acuerdo de reparto firmado por todos los participantes con sus coeficientes, comunicado a la distribuidora. Cada participante recibe su parte de compensación en su propia factura.
¿Es obligatorio contratar a un instalador habilitado?
Sí, en la práctica. La instalación necesita un certificado emitido por un instalador habilitado para poder legalizarse e inscribirse, y sin esa inscripción no hay compensación posible. Además, es lo que te cubre en materia de seguridad y de seguro del hogar.
¿Qué pasa si me mudo o vendo la casa?
La instalación queda asociada al punto de suministro. El nuevo titular tendrá que dar de alta su contrato de suministro y firmar su propio contrato de compensación con la comercializadora que elija. Entrega toda la documentación técnica y de legalización en la venta.
Conclusión
La compensación de excedentes es una pieza útil del autoconsumo, pero no es la pieza principal. Entendida bien, se resume en una frase: la red te devuelve una parte del valor de lo que le sobra a tu tejado, con el tope de lo que le has comprado ese mes. Ni te compra la energía, ni te guarda saldo, ni te va a dejar la factura en blanco.
Esa lectura sobria es la que te lleva a las decisiones correctas: dimensionar según tu consumo real y no según los metros de cubierta, desplazar todo el consumo desplazable a las horas de sol, firmar el contrato de compensación antes de que la instalación arranque, comparar comercializadoras por el paquete completo y no solo por el céntimo del excedente, y revisar las primeras facturas con la aplicación del inversor delante. Con eso hecho, la compensación cumple su papel: recorta unos meses la amortización y evita que se tire energía que ya has generado.
Y una advertencia final que se repite poco: el marco normativo del autoconsumo se modifica con frecuencia, y los precios de compensación de las comercializadoras cambian con el mercado. Lo que hoy es la mejor oferta puede no serlo dentro de un año. Revisa tu contrato de vez en cuando con la misma naturalidad con la que revisas el del seguro o el de la línea móvil. Descubre mas en nuestro articulo sobre los beneficios del autoconsumo.
Si estás valorando una instalación de autoconsumo o tienes dudas sobre cómo se está aplicando la compensación en tus facturas, puedes escribirnos y te orientamos sobre qué revisar. Para cualquier decisión de inversión o cuestión fiscal, contrasta siempre con un instalador habilitado y con un asesor.